El regulador federal asegura a los inversores: las billeteras digitales permanecen protegidas de la confiscación del gobierno

En una entrevista reciente del 13 de mayo de 2026 con Mark Moss, el presidente de la Comisión de Comercio de Futuros de Productos Básicos, Michael Selig, subrayó la importancia de salvaguardar los criptoactivos de los ciudadanos y enfatizó que el gobierno de EE. UU. debería abstenerse de confiscarlos. La visión de Selig sobre la regulación prioriza la protección de los derechos de propiedad privada, particularmente en el ámbito digital, donde las salvaguardias legales para los activos digitales se han convertido en una preocupación apremiante. Esta postura se alinea con los esfuerzos de la administración actual para establecer a los EE. UU. como un líder mundial en finanzas digitales, impulsado en parte por la introducción de dos proyectos de ley clave: la Ley Genius, que ya ha sido promulgada y se centra en las monedas estables, y la Ley Claridad, actualmente en el proceso legislativo, cuyo objetivo es aclarar la estructura del mercado.
Selig destacó la necesidad de una guía legal para evitar una posible extralimitación del gobierno, citando la necesidad de evitar errores del pasado como la "Operación Choke Point 3.0", que anteriormente condujo a la exclusión de las empresas criptográficas del sistema bancario estadounidense. Como la CFTC ha estado regulando los futuros de Bitcoin desde 2017 y desempeña un papel fundamental en la clasificación de los activos digitales, Selig señaló que la agencia clasifica Bitcoin, Ether, Solana y Zcash como productos digitales, junto con otras categorías que incluyen monedas estables, NFT, valores digitales y herramientas digitales. Este sistema de clasificación está diseñado para proporcionar claridad regulatoria en todo el panorama criptográfico.
Cuando se le preguntó sobre la posibilidad de una prohibición de las criptomonedas en los EE. UU., Selig expresó su confianza en que tal resultado es muy improbable, y atribuyó esta evaluación al actual impulso legislativo por reglas estatutarias claras. Sostuvo que el establecimiento de acciones gubernamentales hostiles se vuelve significativamente más desafiante cuando existen normas legales. Un tema central en los comentarios de Selig fue la importancia de la autocustodia de los criptoactivos, enfatizando que la verdadera propiedad de los activos digitales depende de que las personas mantengan el control de sus claves privadas. La emisión por parte de la administración de cartas de no acción para los proveedores de billeteras con autocustodia demuestra un compromiso de proteger este derecho.
Además, Selig vinculó la propiedad de las criptomonedas con los principios estadounidenses fundamentales, afirmando que Estados Unidos se fundó sobre el concepto de propiedad privada, que se extiende a los activos digitales. En su opinión, el gobierno no debería crear barreras para acceder o poseer criptoactivos. Esta posición representa un cambio significativo con respecto a enfoques regulatorios anteriores. Sobre el tema de la ambición más amplia de la administración, Selig fue claro: Estados Unidos es actualmente la capital criptográfica global, y mantener este estatus requiere el establecimiento de regulaciones claras. Sin un marco jurídico adecuado, el riesgo de perder terreno frente a otros países es real.
Las propuestas Ley de Claridad y Ley Genius tienen como objetivo abordar esta brecha, mientras que la administración también está fomentando la participación pública a través de cartas de comentarios y grupos de trabajo, invitando tanto a los desarrolladores como a los usuarios cotidianos a contribuir a la configuración de políticas futuras. Selig reiteró la importancia de establecer una guía legal, con el objetivo a largo plazo de crear un ecosistema financiero digital que solidifique la posición de Estados Unidos como líder global. Al priorizar la claridad regulatoria y proteger los derechos de propiedad privada, la administración apunta a fomentar un entorno financiero digital próspero que respalde la innovación y el crecimiento.